Alquilarán un avión que reemplace al Tango 01



Tras los últimos desperfectos, la aeronave presidencial ingresará para una inspección periódica reglamentaria. La empresa Millenium Air S.A prestará el servicio de vuelos oficiales a cambio de casi 10 millones de pesos, según se publicó ayer en el Boletín Oficial.


Decisión Administrativa 1020/2012

Apruébase procedimiento de selección de ofertas mediante Contratación por Urgencia Nº 120/2012. Adjudicación.

Bs. As., 19/10/2012

VISTO el Expediente Nº 36.005/12 del registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO: Que mediante las citadas actuaciones tramita el procedimiento de selección del contratista mediante Contratación por Urgencia Nº 120/12, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, llevada a cabo con el objeto de contratar el servicio de fletamento de un medio de transporte aéreo para ser utilizado durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2012, por ausencia de la aeronave presidencial Boeing 757-200, Matrícula T-01, con motivo de realizarse su inspección periódica reglamentaria, según el requerimiento formulado por la CASA MILITAR de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que mediante Resolución S.G. Nº 817, de fecha 1 de agosto de 2012, se autorizó el trámite de la presente contratación de conformidad con lo dispuesto por los artículos 26, inciso d) y 38 del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado mediante Decreto Nº 436/00, y el artículo 25, inciso d), apartado 5), del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto Nº 1023/01, ambos con sus modificatorios y complementarios, aprobándose asimismo por el artículo 2° de la mencionada Resolución, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado para la presente contratación. Que en tal sentido, se hicieron las publicaciones correspondientes en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y en los diarios Página 12, BAE y New York Times. Que de conformidad con la normativa vigente se efectuaron las publicaciones en los sitios de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y se invitaron a diversas firmas y cámaras empresariales. Que con fecha 3 de septiembre de 2012 se efectuó el acto de apertura de ofertas labrándose el Acta correspondiente, en la cual se dejó constancia que las ofertas recibidas corresponden a las firmas 1) MILENIUM AIR S.A., 2) ROYAL AIR S.A. y 3) CHAPMAN FREEBORN AIRCHARTERING LTD. Que se efectuó el respectivo cuadro comparativo de ofertas, con su correspondiente anexo y una descripción de los datos generales de los oferentes. Que por medio de Nota SIGEN Nº 3452/12 - GNyT, de fecha 6 de agosto de 2012, se expidió la GERENCIA DE NORMATIVA Y TECNICA de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, indicando que en virtud a lo establecido en el artículo 3°, inciso e) del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº 122/10, la presente contratación se encuentra excluida del Control de Precios Testigo. Que se solicitó una mejora de precios a las firmas MILENIUM AIR S.A. y CHAPMAN FREEBORN AIRCHARTERING LTD. Que teniendo en cuenta los informes técnicos emitidos por las áreas técnicas competentes, la COMISION EVALUADORA de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, emitió opinión mediante Dictamen de Evaluación Nº 175, de fecha 26 de septiembre de 2012, en el que se colocó en el primer lugar en el orden de mérito para los Renglones Nros. 1 y 2 a la oferta de la firma MILENIUM AIR S.A. señalando como inadmisible a la oferta de la firma ROYAL AIR S.A. por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Que asimismo, la mencionada Comisión indicó como “Fracasado” el Renglón Nº 3, expresando: “El presente renglón se desestima por adjudicarse la licitación de forma indivisible a un único proveedor”. Que habiendo sido notificados los oferentes sobre lo aconsejado en el mencionado Dictamen, no se han formulado impugnaciones al mismo. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha tomado intervención en las presentes actuaciones, según lo previsto por el artículo 7°, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 35, inciso c) y su respectivo Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto Nº 1344/07, y el artículo 100, incisos 1 y 2, de la Constitución Nacional. Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1° — Apruébase lo actuado por la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION en el procedimiento de selección de ofertas mediante Contratación por Urgencia Nº 120/12, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, llevada a cabo con el objeto de contratar el servicio de fletamento de un medio de transporte aéreo para ser utilizado durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2012, por ausencia de la aeronave presidencial Boeing 757-200, Matrícula T-01, con motivo de realizarse su inspección periódica reglamentaria, según el requerimiento formulado por la CASA MILITAR de la PRESIDENCIA DE LA NACION, conforme lo dispuesto por los artículos 26, inciso d) y 38 del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado mediante Decreto Nº 436/00, y el artículo 25, inciso d), apartado 5), del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto Nº 1023/01, ambos con sus modificatorios y complementarios.

Art. 2° — Declárase inadmisible la oferta presentada por la firma ROYAL AIR S.A. por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Art. 3° — Declárase fracasado el Renglón Nº 3 por adjudicarse la presente contratación de forma indivisible a un único proveedor.

Art. 4° — Adjudícanse los Renglones Nros. 1 y 2 de la presente contratación a MILENIUM AIR S.A. por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 9.829.821,68), por resultar su oferta admisible y conveniente.

Art. 5° — Autorízase al DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION a emitir la Orden de Compra Abierta correspondiente.

Art. 6° — El gasto total que demande el cumplimiento de la presente Decisión, se atenderá con cargo a los créditos de las partidas presupuestarias correspondientes, de la JURISDICCION 20-01 - SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para el presente ejercicio.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.


Fuente: Boletín Oficial República Argentina - Infobae